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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE “PROCESOS MARKETING Y SISTEMAS” S.A. DE C.V, EN LO SUCESIVO “EL PRESTADOR”, QUIEN ACTUA A TRAVÉS DE SU APODERADO LEGAL MARÍA JESUS GOICOECHEA CHAVARRI, Y POR OTRA PARTE LA PERSONA ESTABLECIDA EN LA CARÁTULA DEL PRESENTE CONTRATO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO EL CLIENTE, QUIENES SE SOMETEN AL TENOR DE LO SIGUIENTE:

D E C L A R A C I O N E S

  I. Declara el Prestador que:

  1. Es una sociedad mercantil debidamente constituida y existente bajo las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, según consta en la escritura pública número cuatrocientos noventa y cinco (495) de fecha 22 de septiembre de 2014, otorgada ante la fe la Lic. Cindy Anaís Jiménez Viveros, notaria adscrita a la notaría número 31, con residencia en la Ciudad de Xalapa, Veracruz, de la que es Titular el Lic. Fernando Arturo Charleston Salinas e inscrita en el Registro Público de Comercio de esa Ciudad bajo el folio mercantil 23065*11 de fecha 19 de junio de 2015

  2. Su apoderado cuenta con los poderes y facultades suficientes para celebrar el presente Contrato en su representación, tal como lo hace constar el instrumento notarial señalado en la declaración anterior; y que dichos poderes y facultades no le han sido revocados en forma alguna hasta el momento de la suscripción del presente instrumento

  3. Tal como consta en la escritura pública indicada en la declaración “a” que antecede, entre su objeto social se encuentra el “Diseño y programación de algoritmos, desarrollo de software, aplicaciones para móviles, diseño y administración de páginas web, diseño gráfico, digitalización, e-commerce, e-learning y marketing online”;

  4. Cuenta con los recursos económicos suficientes, y con la experiencia profesional y técnica, necesaria y suficiente para cumplir con el objeto del presente Contrato, así como con todas y cada una de las obligaciones establecidas en el mismo;

  5. Tiene su domicilio fiscal en Calzada de las Águilas número 1870 interior 2, Colonia Lomas de Axomiatla, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 01820, Ciudad de México;

  6. Su clave de Registro Federal de Contribuyentes es PMS14092233A.

 

II. Declara el Cliente que

  1. Es una sociedad mercantil debidamente constituida y existente bajo las leyes de los Estados Unidos Mexicanos.

  2. Su apoderado cuenta con los poderes y facultades suficientes para celebrar el presente Contrato en su representación, conforme a los datos manifestados en la caratula del presente contrato.

  3. Tiene su domicilio principal en el señalado en la caratula del presente contrato.

  4. Su clave de Registro Federal de Contribuyentes es el señalado en la caratula del presente contrato.

  5. Requiere de los servicios profesionales que el Prestador ofrece en los términos de lo estipulado tanto en la caratula del presente contrato, misma que forma parte integral de este documento, como en cuerpo del presente contrato.

 

III. Ambas partes exponen que:

 

I.          Que EL CLIENTE está interesado en promocionar sus servicios conforme a los lineamientos determinados en el anexo “A”, que forma parte integral de este contrato, y a estos efectos desea contratar la realización de determinados servicios digitales a desarrollar por parte de EL  PRESTADOR, tanto en relación con la marca de EL CLIENTE como con otros productos y servicios desarrollados por EL CLIENTE.

II.         Que EL PRESTADOR cuenta con amplia experiencia en el sector del MARKETING DIGITAL y que está interesado en prestar sus servicios profesionales para el desarrollo de las campañas de publicidad en internet en las plataformas y diseño de páginas web

III.        Las partes, con la finalidad de alcanzar los objetivos expresados en los párrafos anteriores, se reconocen mutua y recíprocamente plena capacidad para contratar, acordando suscribir el presente contrato de marketing online para prestar servicios publicitarios en internet, con sujeción en la forma y las condiciones establecidas en las siguientes:

 

CLÁUSULAS

PRIMERA: EL PRESTADOR suministrará sus servicios profesionales a EL CLIENTE para la creación de una página web atendiendo a las especificaciones establecidas en la carátula del presente contrato.

 

SEGUNDA: Los servicios objeto de este contrato se prestarán por EL CONTRATISTA a favor de EL CLIENTE en el territorio de  México.

 

TERCERA: El importe de la remuneración por los servicios prestados se pagará en una sola exhibición, que se realizará en un solo pago anticipado donde el EL CLIENTE obtendrá 2,000 seguidores en su cuenta de Instagram

 

El pago se hará vía transferencia electrónica a la cuenta bancaria a nombre de EL PRESTADOR, que se señala en la carátula del contrato.

 

El prestador emitirá las facturas correspondiente cinco días anteriores a que finalice el mes, enviando la factura correspondiente una vez recibido el comprobante de transferencia hecho por EL CLIENTE. 

 

CUARTA: Para la ejecución de los servicios objeto del presente contrato, EL PRESTADOR requiere que EL CLIENTE proporcione información necesaria para la correcta prestación del servicio y cumplir con los número establecidos, por ello, EL CLIENTE se obliga a lo siguiente:

  • Suministrar a EL PRESTADOR toda la documentación e información que fuera requerida por ésta para el correcto desarrollo de los servicios descritos en la estipulación del presente contrato.

  • Colaborar con EL PRESTADOR en cualquier solicitud de información o aclaración que EL PRESTADOR requiera para la correcta prestación de los servicios objeto de este contrato.

  • EL CLIENTE tendra que dar acceso a EL PRESTADOR a su cuenta de Instagram: Nombre de cuenta y contraseña. Los datos de EL CLIENTE no serán compartidos por EL PRESTADOR.

 

QUINTA: EL PRESTADOR no compartirá los datos y no publicará nada en la cuenta de INSTAGRAM de EL CLIENTE

 

SEXTA: EL PRESTADOR dirigirá y coordinará los servicios brindados por los subcontratistas con personal propio, manteniendo en todo momento la interlocución con EL CLIENTE, garantizando y responsabilizándose del debido cumplimiento por parte de los subcontratistas de las obligaciones.

 

SÉPTIMA: Es causal de rescisión del contrato lo siguiente:

  • Si EL PRESTADOR no proporciona los servicios en la forma en que han quedado establecido en este contrato y en su carátula​

OCTAVA: La vigencia del presente contrato será la señalada en la carátula, contando a partir de la fecha de firma del mismo.

NOVENA: El presente contrato y cualquier anexo que pudiera derivarse del mismo posterior a la fecha de firma, están sujetos y deberán interpretarse de acuerdo con la Legislación Mexicana vigente que resulte aplicable.

DÉCIMA: Las partes renuncian desde este momento a cualquier tipo de Jurisdicción que por motivo de su domicilio o lugar de firma del presente contrato pudiera darse y se someten a la Jurisdicción y a los Tribunales de la Ciudad de México.

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